Legítima defensa para el Código Penal Argentino – Parte 1
El Código Penal Argentino (Art.34, inciso 6) establece que no es punible el acto de violencia que: “El que obrare en defensa propia o de sus derechos, siempre que concurrieren las siguientes circunstancias: a) agresión ilegítima; b) necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla; c) falta de provocación suficiente por parte del que…