El Código Penal Argentino (Art.34, inciso 6) establece que no es punible el acto de violencia que:
“El que obrare en defensa propia o de sus derechos, siempre que concurrieren las siguientes circunstancias:
a) agresión ilegítima;
b) necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;
c) falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.”
La agresión ilegítima se refiere a todo ataque injustificado, sin razón y sin derecho a un bien legalmente protegido (vida, honor, bienes materiales). Para que esta condición se dé, no es necesario que la agresión se haya efectuado, bien puede ser la amenaza de dicho acto (por ejemplo, que te apunten con un arma de fuego ya es razón suficiente) siempre y cuando el peligro sea actual e inminente.
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La racionalidad del medio empleado indica la necesidad de que exista una proporcionalidad en la defensa respecto del ataque (o inminente ataque) del agresor. Esto no significa que deba existir igualdad de condiciones, sino que se debe buscar que la defensa no ocasione un daño mayor que el ataque o amenaza de ataque. Por ejemplo, tanto un cuchillo como un revolver son proporcionales porque pueden producir muerte.
Este punto depende de muchos factores, como ser el entorno, la situación, las características físicas de los involucrados, etc. El juez toma todos los datos para definir si hubo racionalidad del medio empleado o hubo un abuso en la defensa (lo cual es penado).
Un punto importante a tener en cuenta en estos casos es si uno de los involucrados es artista marcial. Para la ley el tener conocimientos profesionales de artes marciales o defensa personal es equivalente a estar armado y es un factor importante para determinar que no haya un exceso en la defensa. El artista marcial tiene a su disposición técnicas que producen diferentes tipos de lesiones y se espera que elija, siempre que las circunstancias lo permitan, aquella opción menos lesionante.
Siempre debemos recordar que el derecho a la legítima defensa termina cuando el agresor ya no puede hacer mas daño a causa de haber sido detenido, neutralizado o incapacitado.
La falta de provocación suficiente por parte de quién se defiende es el tercer punto para que exista legítima defensa. Esto significa que el defendido no debe haber provocado la reacción del agresor ya sea con insultos, empujones, etc. Para determinar los límites de la provocación se toman en cuenta reacciones normales y no las condiciones del que alega ser provocado, para evitar excusas sobre “sensibilidad” del agresor que justifique violencia innecesaria.
Finalmente es necesario aclarar que si bien para nuestra legislación rige el principio de inocencia (todos son inocentes hasta que se demuestre lo contrario), en el caso de la legítima defensa quién se defendió deberá probar que estaba en su derecho de hacerlo.
Resumiendo
Tenemos derecho a defendernos físicamente siempre y cuando nos estén agrediendo o nos amenacen con un daño severo, usemos nuestra violencia para parar el ataque y nada mas, y no hayamos provocado la situación de agresión.
Para aquellos que estén practicando Karate o Defensa Personal, deben tener en cuenta que el juez será mas duro con ellos por su conocimiento y deben buscar proporcionalidad en la defensa.
Y no menos importante, intentar que existan personas que atestigüen que obramos en defensa.
Hola soy retirado de la policia de bs as. Y hace un tiempo me encontraba dentro de mi hogar festejando un cumpleaños en cierto horario los padres Ivan viniendo a retirar cada uno a sus hijos. En un momento para un auto y en forma violenta y amenazante un sujeto baja del auto con un arma de fuego apuntando a uno de los comensales exigiéndole las pertenencias y su automóvil amenazando lo de muerte. Acto seguido salgo yo armado y me doy a conocer cómo policía y recelo esa situación efectuado le dos disparos que por suerte no dan en ningún lado. Mi pregunta es la siguiente. Que hubiese sucedido si lo hubiera matado?.
Estimado Christian, considero que la defensa fue proporcional al ataque por lo que en teoría estaba en su pleno derecho. Lo que no sé es como aplica para miembros de fuerza de seguridad, eso lo tendría que ver con la gente de legales de su fuerza.
Es chistosa la respuesta no??? Tendrías q verlo con la parte legales jajajajaja de su fuerza !!!! Cristian. Rojas y si hoy estabas muerto vos , también tu familia tendría q verlo con la parte legal ?? Esto no cambia más lamentablemente la policia provincia y capital y cualquier fuerza está menos amparada q cualquier cosa los derecuos son de los negros bolleros asesinos , violadores y todo esa mitre basura y lpm q los re mil pario mientra aya jueses fiscales corruptos esto no cambia más , más claro imposible , mira la serie el MARGINAL Y ES LO MISMO
Hola como estas,no es un chiste por que las fuerzas armadas y de seguridad rigen bajo el mismo articulo pero difiere en ciertos puntos por ser funcionario publico,todo lo relacionado a la legitima defensa siendo personal de armas es distinto al personal civil en ciertos puntos como ya te mencione
La Legítima Defensa también puede ser para defender la integridad de un tercero. En tu caso, hay racionalidad del medio empleado, porque no podés esperar a que mate a alguien el agresor, tanto tu arma como la de él son letales y producen un daño similar, vos lo que buscás es neutralizar su agresión. Es completamente legal.
Excelente
text parte pertinente:”…. un sujeto baja del auto con un arma de fuego apuntando a uno de los comensales exigiéndole las pertenencias y su automóvil amenazando lo de muerte….”
TEXT parte pertinente: …”un sujeto baja del auto con un arma de fuego apuntando a uno de los comensales exigiéndole las pertenencias y su automóvil amenazando lo de muerte..” …va de suyo: SE LEGITIMA LA DEFENSA
Si te defendes en la vía pública antes de entrar a tu trabajo te asaltan cuatro delincuentes disparan y vos alcanzas a cargar tu arma y repeles el ataque ya que no podés entrar a trabajo y ases la denuncia y después quedas imputado por tirar en la vía pública para defenderte te secuestran tu arma pero no hay difunto y testigos te devuelven el arma si tenés todo en regla pero no tenes portación solo leguitimo usuario
Creo que entra en la defensa de terceros— lo que no menciono es si el agresor esgrimía algun tipo de armas (propias , impropias)
Hola, quisiera saber de qué manera aplica la legítima defensa cuando se trata un animal, digamos un perro, al cual alguien estuviere a punto de matar, digamos con un arma de fuego. Y por último, si matar al agresor calificara como legítima defensa de tercero; quisiera saber si existe alguna exención en caso de que la víctima inminente fuera un animal de granja, y se encontrara en un matadero, junto con otros miles. Muchas gracias.
Hola Tomás, no soy abogada.. pero si hay una persona con un arma a punto de matar a mi perro pensemos por un momento que es mi propiedad y como tal tengo pleno derecho de defenderlo. Si ese agresor está con un arma en posición amenazante, puedo inferir tranquilamente que yo también corro peligro. Así que es un punto complicado. Te recomiendo consultar el caso particular con algún abogado amigo, porque seguro esa historia tiene mas detalles importantes a tener en cuenta.
hola consulta en casa que una persona ingrese a un domicilio inmobilice a dos de las personas y a la 3 persona la encierre en baño y la viole y esa persona violada reacciona agarrando un palo y lo terminana matando con golpe en cabeza.que se considera? el agresor tenia un arma tambien
hola buen dia me an echo una imputacion de agrecion con arma con daño simple realmente no se que es . yo tube un inconveniente en mi casa resulta que saco el auto de mi cochera y lo estaciono arriva de mi puente a lo cual llega un auto y se estaciona frente al puente interrupiendo para que yo pueda salir me bajo de auto e le digo que corra el auto por que me tengo que ir tranquilo ya te tenia que cerrar la cochera de mi casa y trabarla por atras luego ago 25 metros asta el fondo de mi casa para entrar por la puerta de fondo a mi casa y poder salir a fuera a lo cual cuando salgo el auto aun estava estacionado frente a mi puente interrupiendo mi salida asique le volvi ader sacame el auto que me tengo que ir a llevar a mi hija a la escuela me ase seña de adentro sonriendose que espere no se que tenia que esperar si el tenia el auto en marcha y adelante de su auto tenia lugar para correrlo y atras tambien . cuando le dije la primera vez era la 07:45 hs era uscuro esa hora fue el 16 de junio del 2015 .cuando le digo por segunda vez ya era la 07:52 minuto .regreso adentro de mi casa por que era muy sopèchoso su actitud y por que coloco su vehiculo fgrente a mi puente no entendia ya empese a sopechar le digo a mi señora que no salga mi hija todabia por que tenia un auto sopechoso estacionado en el frente del puente y no me deja salir y me voy devuelta a fuera de casa y me subo al auto lo hago arranca y le digo sacando la cabeza por la ventanilla de mi auto correme el auto que me tengo que ir buslescamente me ase seña de nuevo que espere le toco bocina y le grito fuerte dale correme el auto apurate que te pasa correlo dale estas loco hermano esto en voz alta el se bajo del auto y me digo que carajo te pasa que no podes esperar y aquien les desis lo en tono amenasante y agrecibo me quiso golpiar a mi dentro de mi auto a lo cual baje rapidamente del auto y el me tiro dos piñas con sus dos manos me agache esquivando los golpes y saque de mi volsillo un gas pimienta le eche y el se suvio a su auto que lo tenia en marcha y lo corrio en eso llamo a mi hija se sube a mi auto lo pongo en marcha y salgo algo ligero por que ya se asia tarde en eso esta persona ase su vehicolo marcha atras interrumpiendome la salida ase que yo choque su puerta trasera ocasionandome daño en mi paragolpe delantero que asia dos dias me lo avian pintado por que la semana pasada teniendolo estacionado en el frente de mi negocio una persona iso marcha atras y me lo daño entonse lo lleve al auto a reparar y me lo abian entregado ase dos dia reparado y pintado estonse me sali de mis cabales y le patie el auto y le dije correlo dale se burlaba de adentro su auto y no mlo corria yo tenia que llevar mi hija a la escuela me fui al baul del auto y agarre lo primero que vi que era un fierro de unos 40 cm que se usa para doblar los echivo de contrucion y le golpie el auto diciendole que lo corra pero se sguia burlando de mi no se que le pasaba a este tipo re almente cundo le golpeo en dos parte de auto en su carroseria viene mi espoasa y me agarra para que deje de aser eso cuando me doy buelta le pego al vidri de la puerta delantera y se rrompio el vidri sin darme cuenta bueno el daño lo ise igual arrepentido en ese momento . a lo cual en ese momento corre el auto y me subo al mio y me voy a llevar mi hija a la escuela secundaria luego regreso a mi casa y aseme cargo por los daños que le ise al auto pero ya estaba la policia dice mi señora que ella los llamo y supongo que tambien el hombre de auto a lo cual me llevan a mi detenido y no me dejaron aser la denuncia por que digo si el espeso la probocacion y la agracion no entiendo estube detenido tres dias . en cuestion no me dejaron aser la denuncia y presentar nombre de testigos de lo que avia pasado y resulta que me imputan solo ami por abrecion con arma con daños simple . y ahora el fiscal me cita para notificame que encuentra pruevas suficiente para elevar a juicio que pruevas si ami nunca me asetaron la denuncia y no pude dar mis testigos. ahora investigando un poco esto que me paso ami no fue defensa propia por ser agredido. no digo los daños que le ise al auto si eso estubo mal no lo tendria que aver echo lo reconosco pero todo fue causado por el no entiendo a la justicia . remarco que eventos como este etenido varias veces muchas veses de que me estacionen auto en el frente del puente y no me dejen salir e tenido que llamar a la policia de transito para que vengan y lo saquen nunca a estado la persona en el auto como antes pero siempre tengo ese prolema una buelta mi vecina me dejo un falcon en el frente de mi casa y ellos no estavan mi señora la llamo al celular y le dijo estamos en la finca comiendo un asado no podemos ir estamos lejos me tube que ir en taxi a mi negocio abrilo dos horas mas tardes. bueno tengo varios autos siempre en el frente de mi puente . le hago una pregunta se puede pedir cambio de caractura a defensa propia . o pedir no la elevacion a juicio por falta de pruevas nesesito ayudad por favor . yo todos los dia me levanto a la 7 de la mañana me baño y llevo mi hija al colegio y llego a casa a la 12 de la noche soy un hombre muy trabajador y vivo por mi familia . tambien cuando llego quiero guardar el auto en la cochera y no puedo por que tengo un auto estacionado uno pregunta asta que da con el dueño pero varias veces no encontramos al dueño y e tenido que dejar el auto afuera y con esos prolemas de guardar mi auto ya me an robado dos autos y tambien me rompieron el vidrio y me robaron el esterio las herramientas el axilio y otras cosa bueno espero una repuesta de ya muchas gracias
Es una verguenza que en Argentina no exista una ley como se acaba de aprobar en México (http://www.milenio.com/politica/permitiran-ley-matar-legitima-defensa-milenio-noticias-monterrey_0_965303722.html). Yo le pegué un tiro a un ladrón DENTRO DE MI PROPIEDAD, apenas lo lastimé: al día siguiente lo largaron, pero mi Bersa 22RL hace dos años está secuestrada. Al próximo delincuente que entre a mi propiedad le tiro a matar. A mis 67 años, pocas cosas me importan una m. Malditos políticos y juristas. Juan
Ase poco salí con un amigo aún pab … cuando salimos de hay fuimos a mi casa que era la más cercana para era tarde y como sobra una pies a en mi casa se quedó tipo 6:05 una piedra rompe el vidrio de lahavitacion en donde dormía mi amigo me desperté entre a la pies a lo mire y no se movía la piedra entre sus piernas vidrios por todos lados en la vetana vi a alguien encapuchado salicorriendo afuera trate de enpujarlo … callo y se fue reconoci a la persona era mi ex suegra llame a la Policía mientra el oficial me tomaba la denuncia ella me denuncia por violencia de género … Que puedo hacer??
en caso de yo ser funcionario policial, tengo un par de muchachos ebrios, afuera de mi casa amenazando con palos, botellas, cuchillos y demas elementos contundentes, yo salgo de mi casa y les digo a viva voz que se vayan de mi casa, que en el caso contrario de no repeler su accion voy a usar mi arma reglamentaria, siendo lo unico que tengo a mano para mi defensa, estos mismos no repelen la accion y avanzan, en este acto hago dos pasos para atras y comienzo a disparar con direccion a la tierra, asi pudieron lograr que los muchachos se retiren de mi propiedad, mi pregunta es ¿EN QUE MOMENTO ACTUE FUERA DE LAS NORMAS DE LEGITIMA DEFENSA?
Estimado Leonardo, si usted es policía debe conocer su campo de acción mejor que nosotros que somos civiles.
Google por favor subcomisario Walter Leiva. Ahí van a tener una lamentable y triste realidad de Argentina. Policía que mata a ladrón armado va preso. Mar del plata 5 de enero de 2018
soy legitimo usuario yendo a trabajar en mi moto me roban mi moto pero me disparan en la via publica saigo a correr y viene tras mio disparándome con escoperta y armas cortas en cuanto yo pude cargar mi arma y repelo la agrecion asta que desistieron y se marcharon asta el momento en plena oscuridad no beia mis pertenencias o si avia lastimado a algún chorro llamo a la policía y me llevan a mi y me aplican averiguación de ilícito y me retienen mi arma con los artículos 1 y 60 no bis por lo que yo entiendo es como que yo me robe o robe y no se si me van a meter preso o si me van a devolver mi arma y a laves salvoguardar la vida del sereno del lugar de trabajo